Estatuto de cooperativa:
Dependen de las condiciones y necesidades concretas de cada Cooperativa, pero deben basarse en la Legislación Cooperativa, y en los principios cooperativos.
Los Estatutos son de cumplimiento obligatorio para todos los socios. Cualquier reforma deberá hacerse por decisión de la Asamblea General.
De acuerdo a la Legislación Cooperativa de nuestro país, los Estatutos de toda Cooperativa deberán especificar entre otros los siguientes puntos:
- Nombre y domicilio de la Cooperativa.
-Requisitos para ser socios.
- Derechos y obligaciones de los socios.
- Todos los aspectos relacionados con:
- Los objetivos de la Cooperativa.
- Actividades que desarrollará y los sitios donde se prestará el servicio
- La forma en que será dirigida, administrada y organizada
- Los bienes que hacen parte del patrimonio, social y la forma cómo se aumentará éste.
- El valor de los certificados de aportación, la forma de pago y la devolución de éstos.
- Pago de intereses.
- Conformación de reservas, fondos sociales y formas de inversión de éstos
- Forma de distribución de excedentes entre los socios.
- Procedimientos para la reforma de estatutos.
- Manera de ejercer la vigilancia interna.
- Todas las demás especificaciones que se consideren necesarias para asegurar el funcionamiento social de la Cooperativa.
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